23 septiembre 2005

MATRIMONIO Y CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD

[La gente de la calle -al menos la que tiene un poco de mentalidad jurídica- se muestra a favor de que se recurra ante el Tribunal Constitucional (TC) la ley que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo. Entre otras cosas, para evitar en el futuro cualquier tipo de inseguridad jurídica. Ya son tres los jueces que han planteado cuestiones de inconstitucionalidad frente a esa ley. Y es el TC quien tiene la última palabra sobre los contenidos de la Constitución relativos a los derechos fundamentales de los españoles: por tanto, es indudable que incluye entre sus competencias valorar una ley tan cuestionada en la calle como la del matrimonio entre personas del mismo sexo. Y esto no tiene nada que ver con ser homófobo ó anfibio; ni es ninguna falta de comprensión con los homosexuales, ni con los alienígenas. Es otra cosa, aunque algunos se empeñen en enredar la madeja. Se trata de que perfile bien juridicamente lo que se llama matrimonio, que es algo muy importante para la sociedad y para el bien común. No se entiende que alguien -sea del partido que ahora gobierna o sea del principal partido de la oposición- muestre rechazo a que se presente el recurso ante el TC, salvo que pueda estar dominado, consciente o inconscientemente, por uno de estos dos temores (o por los dos): a) porque tenga miedo a que la sentencia diga que la ley es inconstitucional (y sus consecuencias); ó b) porque tenga miedo a la posible reacción del lobby de gay-lesbianas por el mero hecho de que alguien ejerza la libertad de presentar el recurso ante el TC.
Ante esta cuestión de si se debe presentar o no el recurso ante el TC, aporta interesantes argumentos jurídicos un reciente artículo de Rafael Navarro-Valls, Catedrático de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid. Dice entre otras cosas: "Varias sentencias del Tribunal Constitucional cuya síntesis es que es legítimo plantear la cuestión de inconstitucionalidad en todos aquellos casos en que deba aplicarse una ley en el curso de unas actuaciones, sea cual sea su naturaleza y forma de desarrollo, siempre que los órganos judiciales ejerzan un poder de decisión. Lo cual se da, en mi opinión, en los expedientes previos a la autorización de matrimonio civil." Además de buena doctrina jurídica, parece de sentido común y la gente no es tonta. Por eso la gente quiere que se plantee cuanto antes el recurso al TC: para que el alto Tribunal dictamine si esa ley es conforme a nuestra Constitución, o bien es inconstitucional... Y eso, con las consecuencias que se deriven de la sentencia. Publicado en Alfa y Omega (15-IX-2005)]

#211 Hogar Categoria-Matrimonio y Familia

por Rafael Navarro-Valls, catedrático de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid
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El matrimonio entre personas del mismo sexo está produciendo reacciones en cadena en los medios jurídicos. Primero, fueron los dictámenes adversos del Consejo de Estado, Consejo del Poder Judicial y Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Después, el debate se trasladó a civilistas, constitucionalistas, administrativistas y canonistas. Promulgada ya la ley que ampara estos matrimonios, durante este mes de agosto, tres jueces (en las localidades de Denia, Telde y Burgos) han planteado cuestiones de inconstitucionalidad frente a la ley 13/2005 de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio.

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